Comunicado Institucional

Consideraciones sobre el proyecto de ley de baja de la edad de punibilidad.

Ante la reciente presentación del proyecto de ley que propone reducir la edad de punibilidad a los catorce (14) años, desde la Comisión del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil del Departamento Judicial Zárate-Campana queremos manifestar algunas consideraciones desde una perspectiva institucional, que contemple no solo el análisis jurídico de la iniciativa, sino también sus implicancias sociales y el impacto en el funcionamiento del sistema estatal en su conjunto.

Coincidimos en la necesidad de reemplazar la Ley N° 22.278 y adecuar el sistema a los estándares constitucionales y convencionales vigentes, pero entendemos que el proyecto en debate desde el punto de vista normativo se presenta en tensión con los compromisos asumidos por el Estado Argentino, puesto que estamos obligados a garantizar un sistema de justicia penal juvenil diferenciado, de carácter excepcional, orientado a la protección integral, la reinserción social y el interés superior del niños, niñas y adolescentes. En este sentido, el propio sistema universal de derechos humanos —a través del Comité de los Derechos del Niño en su Observación General N° 24 (2019)— ha recomendado expresamente a los Estados que no reduzcan la edad mínima de responsabilidad penal por debajo de los 16 años, exhortando incluso a elevarla progresivamente, en consonancia con el principio de especialidad y la protección reforzada que corresponde a las personas en desarrollo.

La iniciativa, además, evidencia una concepción reducida del fenómeno delictivo juvenil, al priorizar la respuesta penal por sobre políticas públicas preventivas e integrales. La experiencia demuestra que niños, niñas y adolescentes que ingresan al sistema provienen, en su gran mayoría, de contextos atravesados por múltiples vulneraciones de derechos – educativos, sanitarios, habitacionales y sociales- y ampliar el alcance del castigo no revierte las causas estructurales de la conflictividad, sino que, por el contrario, profundiza los procesos de estigmatización y puede consolidar trayectorias delictivas en lugar de revertirlas.

Desde una mirada institucional, resulta preocupante que la ampliación del alcance punitivo no se encuentre acompañada por un fortalecimiento previo y suficiente de los dispositivos administrativos, judiciales y comunitarios destinados a la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes. En ausencia de un sistema integral robusto, la reforma corre el riesgo de operar como una medida meramente simbólica con escasa eficacia práctica comprometiendo seriamente la calidad de las intervenciones y la finalidad socioeducativa que debe regir para abordar de manera adecuada cada caso en particular.

En este contexto sostenemos que cualquier reforma legislativa en materia penal juvenil debe ser el resultado de un debate amplio, que convoque a los distintos actores del sistema y a quienes diariamente intervienen en el abordaje del conflicto, porque las decisiones que impactan directamente en la vida de los niños, niñas y adolescentes no pueden adoptarse de modo aislado sin ofrecer soluciones estructurales ni sostenibles al problema que se pretende abordar.

Desde esta Comisión ratificamos nuestro compromiso con una justicia especializada y respetuosa de los derechos humanos, evitando retrocesos que comprometan la responsabilidad internacional del Estado y los principios fundamentales de nuestra Constitución Nacional.

Colegio de Magistrados y Funcionarios Zarate – Campana.

Comisión del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.